Observaciones
El 06/03/1936 ingresa en la Prisi贸n Provincial de Salamanca, procedente de Juzgado de Instrucci贸n de Salamanca, entregado por guardias de asalto, en concepto de detenido, quedando a disposici贸n de dicho Juzgado. El 14/03/1936 fue sentenciado por la Audiencia Provincial de Salamanca, a la pena de 1 a帽o, 8 meses y 21 d铆as de prisi贸n menor, por el delito de atentado por el Juzgado de Instrucci贸n de Salamanca, por Sumario 58/1936. El 21/11/1937 extingui贸 su condena. A continuaci贸n cumplir谩 15 d铆as de arresto, por no haber pagado la multa impuesta. El 06/12/1937 cumple la condena. La Junta de Disciplina, en la sesi贸n del 20/04/1937, le impuso 10 d铆as de aislamiento en celda, porque en compa帽铆a de otros le quitaron 5 pesetas al recluso Francisco Mancebo, por el procedimiento del enga帽o, seg煤n parte del oficial D. Luis Laso. Otra responsabilidad: El 03/05/1936 se recibe liquidaci贸n de condena, por causa 89/1934 del Juzgado de Salamanca, por lesiones, por lo que se le condena a 4 meses y 1 d铆a de prisi贸n. Se le abona por prisi贸n preventiva 27 d铆as, le queda l铆quido por cumplir 94 d铆as, que se comenzaron a contar desde el 07/12/1937, por terminar el d铆a anterior otra condena. El 10/03/1938 los dejar谩 extinguidos, en virtud de orden del Centro Directivo. El 10/05/1936 la Junta de Disciplina de la Prisi贸n Provincial de Salamanca, en sesi贸n de esta fecha, acuerda considerar a este penado en el primer per铆odo de su condena, desde el d铆a 07/05/1936, en que ingres贸 en la Prisi贸n de Salamanca. El 12/06/1936 se recibe comunicaci贸n del Juzgado de Instrucci贸n Militar de Oviedo, por Don Jos茅 Ram铆rez Artiles, participando se le comunique por que Tribunal ha sido condenado a la pena de 1 a帽o, 8 meses y 21 d铆as, para su constancia en la causa 171/1935 que se le sigue en dicho Juzgado. El 01/07/1936 la Junta de Disciplina de la Prisi贸n de Salamanca, en sesi贸n celebrada dicho d铆a, acuerda ascender a este penado al segundo per铆odo de su condena, teniendo en cuenta la buena conducta que viene observando con posterioridad al castigo sufrido. El 01/01/1937 la Junta de Disciplina de la Prisi贸n de Salamanca, en sesi贸n celebrada el mismo d铆a, acuerda ascender a este penado al tercer per铆odo de su condena, teniendo en cuenta su buena conducta. El 10/06/1937 por acuerdo de la Junta de Disciplina de la Prisi贸n de Salamanca, en sesi贸n de esta fecha, acuerda formular expediente de propuesta de libertad condicional, por haber cumplido tres cuartas partes de la condena. El 01/12/1937 dejar谩 extinguida la condena, pero queda retenido, para cumplir 4 meses y 1 d铆a de condena, por causa 89/1934, por el delito de lesiones. El 05/03/1938 libertad, por causa 89/1934.